Se conceden subvenciones a las/los donostiarras o personas que sin serlo trabajan en Donostia, por tomar parte en cursos euskaldunización o alfabetización impartidos por los euskaltegis o centros homologados por HABE.
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En cumplimiento de lo establecido en las bases que se publicaron el 7 de septiembre de 2021 en el BOG, se hace pública la propuesta de resolucion provisional.
El plazo para presentar alegaciones es desde el 15 al 29 de julio (ambos inclusive).
El listado definitivo se publicará el 7 de septiembre.
Lugar para realizar las alegaciones:
- Servicio de euskera (Plaza de la Constitución, 2)
Cursos de Autoaprendizaje, Internados y Cursos de Verano: 1 mes desde la fecha de inicio del curso.
Por internet o presentando la solicitud en papel
Servicio de Euskera u oficinas de UdalInfo: 9:00-14:00
Ser mayor de 16 años, para cuando finalice el curso por el que se ha solicitado la subvención.
Estar empadronado/a en Donostia / San Sebastián o estar trabajando en alguna entidad o empresa que tenga su sede social en la ciudad.
Presentar la hoja de solicitud cumplimentada junto con la debida documentación dentro de los plazos correspondientes.
Haber abonado el importe de la matrícula para cuando finalice el curso.
Tener una asistencia mínima del 75 %.
Superar como mínimo un subnivel de los recogidos en el Curriculum Básico de Euskaldunización de Adultos.
Quedan excluidos/as las personas que no están al corriente de las obligaciones tributarias (Hacienda y Recaudación municipal) y frente a la Seguridad Social.
Fotocopia del DNI.
Si en la solicitud el/la interesado/a no autoriza al Ayuntamiento para realizar estas actuaciones de comprobación, se deberá presentar la documentación referente al cumplimiento de las obligaciones tributarias.
Certificado de la empresa o entidad de Donostia donde trabaja.
La vida laboral expedida por la Seguridad Social (si no autoriza al Ayuntamiento para realizar estas actuaciones de comprobación)
Certificación de no recibir subvención alguna para el mismo fin por parte del Ayuntamiento donde está empadronado/a. (si no autoriza al Ayuntamiento para realizar estas actuaciones de comprobación)